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16 de noviembre de 2017

Aviación y pelota en un mismo sitio; el capitán debió tener su permiso

Un jugador de las Águilas Caribeñas toma posición y atrapa una pelota, mientras el Eurocopter procede a desembarcar a los ocupantes del helicóptero.  

Después del ya famoso aterrizaje de un  Eurocopter EC-120B en medio del terreno de juego del Estadio Cibao de Santiago de los Caballeros, son muchos los comentarios, criterios  y análisis enjundiosos  que se han emitido en relación a esa  especial operación. El evento se produjo el pasado domingo 07 de noviembre y la aeronave ostentaba la matrícula Norteamericana N-212HK. En cuando a lo técnico, la operación se define como un vuelo realizado  bajo la reglas de  lo visual, VFR, regla que se cumplió sin mayores inconvenientes. El aparato había despegado bajo condiciones meteorológicas apropiada para ese tipo de operación desde su punto de despegue hasta su destino que fue el referido campo de pelota, donde se preparaba el inicio de un partido de liga invernal dominicana  con la participación  de   Águilas Cibaeñas.  

Una vez en las inmediaciones del estadio,  el aparato se aproximó, descendió  y su piloto maniobró,  dirigiendo su nave hasta colocarla perfectamente,  sobre las gramas del 'left field, del Estadio Cibao.  Mientras  la maniobra de aterrizaje  ocurría,  los jugadores de las águilas  ˵calentaban˶ sus brazos no muy lejos del aparato, y el público observaba extrañado el inusual evento.  Una vez aterrizado, se abrió la puerta principal  del aparato  y salieron cuatro personas y un perrito, cuando un jugador esperaba una pelota y los rotores del aparato giraban a baja revoluciones o en ˵idle˶, para luego acelerar,  elevarse y desparecer de la vista de la fanaticada. 

El asunto es se ha debatido bastante la procedencia o no de la operación. Mientras algunos justifican el vuelo, la autoridad competente de aviación civil suspendió de vuelo al Capitán al mando de la operación , mientras se rumora que fue cancelado de las filas de la institución militar a la que pertenece o pertenecía,  lo que entiendo no debió ser parte de la sanción aplicable en el caso, a sabiendas que el  capitán operaba un vuelo civil en una  aeronave civil, para lo que entiendo, debe estar debidamente autorizado por su institución castrense.


Distancias  y alturas de obstáculos para el diseño de helipuertos típicos

El debate fundamental es el tema de la autorización para aterrizar donde lo hizo . Se trata de determinar si el capitán estaba  autorizado o no para aterrizar en el Estadio Cibao de Santiago, es decir si tenía el permiso del IDAC para aterrizar en el terreno de juego del estadio y si se puso en riesgo su propia seguridad y la seguridad de las personas y propiedades del estadio y  las instalaciones  conexas, como torres de luces,  blichers,  ect.  Mientras  el IDAC dice que no contaba con el permiso correspondiente, la administración del Estadio Cibao dice que tenía la autorización. Habría que ver  qué tipo de autorización concedió el Aeropuerto Cibao, la que en ningún caso puede ser una autorización aeronáutica. En mi caso particular entiendo que el piloto del helicóptero debió tener un permiso previo de la autoridad aeronáutica para  la operación y mostrar que lo tenia.


En el caso del vuelo  de referencia, al capitán despegó. Luego  debió comunicarse con el Centro de Información de Vuelo,  FIC a quien debió comunicar entre otros datos, su destino. Pero a pesar de que pudo informar que iba al Estadio Cibao, no es función del FIC requerirle información sobre si tenía o no permiso para aterrizar allí. Esa es una responsabilidad del Capitán del vuelo, de  nadie más. Una vez en las inmediaciones del Estadio Cibao, inició y completó su maniobra de aterrizaje en la grama del campo derecho,  bajo su propia responsabilidad. Obtener una autorización de aterrizaje   de una torre de control o de cualquier otra dependencia de tránsito aéreo es imposible, cuando el lugar de aterrizaje carece de dependencias STA. Otra cosa son los helipuertos autorizados, instalaciones que tienen sus levantamientos y sus autorizaciones  correspondientes de la autoridad competente.  Ojalá que lo de la separación de este oficial de su institución no sea cierto, se trata de una sanción  extrema. 

En relación a la participación del propietario del aparato en el debate, el caballero nada tiene que ver con el evento. En el caso el dueño del helicóptero tenia la calidad de un simple pasajero a bordo de su propia  aeronave. 

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